¿Cuenta su empresa con una declaración de política aprobada a niveles directivos que exprese su compromiso con el respeto de los derechos humanos? ¿Interactúa su empresa con frecuencia con los grupos vulnerables que pueden verse afectados por sus actividades -como los pueblos indígenas, los niños, los migrantes, los defensores de los derechos humanos- según el contexto y la esfera de actividad de la empresa?
Esta y otras preguntas realizamos desde Andhes (Abogados y Abogadas del NOA en Derechos Humanos y Estudios Sociales) y el Laboratorio de Políticas Públicas para el Desarrollo (LAPDE) a grandes empresas de Tucumán para conocer su compromiso con los derechos humanos, con la maternidad, paternidad y lactancia, con las iniciativas para la igualdad de género, con el cuidado del medioambiente, con la prevención del trabajo infantil y con la promoción de la escolaridad y el apoyo al empleo de jóvenes en situación de vulnerabilidad, entre otros puntos. También les consultamos si conocían los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 2011. Las respuestas no les sorprenderán, pero las dejamos para las conclusiones.
Nos propusimos esta tarea porque en el último tiempo mutaron las estrategias de protección de los derechos humanos y queríamos tener un diagnóstico de lo que sucede en nuestra provincia. En sus orígenes, el paradigma de los derechos humanos estuvo enfocado casi exclusivamente en el rol del Estado como una forma de limitar a los poderes públicos y proteger a las personas frente a las violaciones y abusos de poder. Hasta que, especialmente con el auge de la hegemonía neoliberal, se comenzaron a registrar en todo el planeta casos de graves vulneraciones protagonizados por empresas.
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una muestra llena de botones
En Tailandia, en 1993, un incendio en la empresa de juguetes Kader, fabricante de muñecas para Disney, causó la muerte de 188 trabajadores y causó lesiones graves a otros 469. Las trabajadoras, en su mayoría mujeres, habían sido encerradas en la fábrica “para impedir que robaran los juguetes”. En China, Reporteros sin Fronteras denunció públicamente a la compañía Microsoft por la censura de palabras como “derechos humanos” y “democracia” en la versión china de su herramienta para blogs. En Angola las empresas de seguridad para las operaciones de extracción de diamantes -ENDIAMA (Empresa Nacional de Diamantes de Angola), ITM Mining, Lazare Kaplan, Lev Leviev Group y Odebrecht- fueron acusadas de ser responsables de asesinatos y torturas. En EE.UU., en 2007, un estudio de Human Rights Watch descubrió que la empresa Walmart mantenía políticas que atentaban contra la libertad sindical. En 2009, en Camboya, la empresa de construcción 7NG desalojó por la fuerza a 152 familias en Phnom Penh. Y en Ecuador en 2011 un tribunal condenó a Chevron a pagar más de 8 mil millones de dólares por los daños ambientales cometidos entre 1964 y 1990 por la compañía Texaco (adquirida por Chevron en 2001), asociados a una alta incidencia de cáncer entre poblaciones indígenas. En Argentina, el uso masivo de agrotóxicos y la contaminación de las cuencas hídricas por desechos tóxicos se volvió un problema cada vez más acuciante.
Ante semejante situación, se fue gestando en la comunidad internacional una respuesta con la finalidad de acotar el accionar ilegal de las empresas, promoviendo además que rindan cuentas por los daños que ocasionan. Desde la década del 60 y 70 se comenzó a cuestionar el paradigma de la “responsabilidad social de las compañías”, presentado como un acto voluntario de filantropía o un principio de administración para toda empresa, un proceso lento pero continuo que desembocó en 2011 con la aparición de los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos humanos (PRNU). Este cambio de paradigma buscó generar mayores niveles de responsabilidad en la acción empresarial e introdujo nuevas formas de interpretar e interpelar el proceder de las empresas.
Basados en tres pilares fundamentales -proteger, respetar y remediar-, los Principios Rectores constituyen el intento más acabado de lograr un marco internacional que regule, si bien no de manera vinculante, el accionar de las empresas. Se busca involucrarlas y comprometerlas con el cumplimiento de una serie de directrices que enmarcan la actividad empresarial dentro de pautas respetuosas de los derechos humanos. Al ser de alcance internacional, estas disposiciones son menos permeables al poder económico empresarial, que muchas veces se traduce en una conducta en extremo permisiva por parte de los Estados.
Para el monitoreo de la implementación de los principios se creó, además, un Grupo de Trabajo sobre Derechos Humanos y Empresas integrado por cinco expertos independientes de distintas regiones del mundo. Al mismo tiempo se desarrollaron verdaderos núcleos conceptuales con relación a cada pilar de los principios. Para proteger y respetar se necesita de una conducta empresarial responsable que conlleve una debida diligencia por parte de las empresas sobre sus acciones. Las Naciones Unidas explican que “la debida diligencia es un proceso continuo de gestión que permite a las empresas identificar, prevenir, mitigar y responder de las consecuencias negativas sobre los derechos humanos directamente relacionadas con operaciones, productos o servicios prestados por sus relaciones comerciales”. Entonces, los PRNU disponen algo fundamental y simple: que las empresas deben respetar los derechos humanos y, en caso de no hacerlo, deben remediar las consecuencias de sus impactos.
La recepción de los Principios por parte del mundo empresario no ha sido homogénea ni pacífica. Si bien es destacable que el proceso de incorporación de estas prácticas fue, al menos en cuanto a la elaboración de compromisos y normas de soft law internacional, relativamente exitoso, lo relativo a la obligación de remediar los daños definitivamente no tuvo los avances esperados. La pregunta que surge de Perogrullo es: ¿los Principios alcanzan para limitar la vorágine empresarial de crecimiento y ganancias a costa de todo? Transcurridos más de diez años desde su promulgación, es necesario parar la pelota, mirar para atrás y pensar en los desafíos y necesidades actuales.
línea de partida
La Línea Nacional de Base (LNB) es un estudio que permite evaluar el nivel de implementación de los Principios Rectores dentro de un Estado y generar la información necesaria para planificar las políticas públicas. Es un diagnóstico previo para la elaboración del Plan Nacional de Acción. Durante el cuatrienio macrista existió el primer impulso para la conformación de ambos instrumentos. La expectativa pasó a manos de la gestión del Frente de Todos que, como en muchos otros temas de importancia, sufrió los percances de la pandemia y de las excusas estatales. Al cierre del mandato de Alberto Fernández, el país todavía se encontraba elaborando su Plan Nacional de Acción. A mediados de 2023, la Defensoría del Pueblo de la Nación, en articulación con la Cancillería, organizaciones de la sociedad civil y del mundo empresarial, presentó la Línea Nacional de Base. El estudio es extenso y detallado por lo que su análisis excedería con creces los límites de esta nota. Pero, de acuerdo con sus conclusiones, puede afirmarse que Argentina incorporó a su legislación una extensa normativa vinculada a la protección de los derechos humanos, pero aún queda mucho por hacer.
Los déficits o cuentas pendientes del sistema son analizados en el informe con el nombre de “brechas”, término que se usa para aludir a la distancia que separa el deber ser normativo al que el Estado argentino se encuentra comprometido y la situación actual. La LNB reconoció la alta ratificación de instrumentos internacionales de importancia para la materia y la inexistencia de una estructura administrativa específica a cargo de la implementación de los Principios Rectores, con capacidad para articular de forma interministerial y ser promotora de la conducta empresarial responsable. También se puede destacar la falta de disposiciones legales específicas que impongan el deber de debida diligencia a las empresas y la inexistencia de normas que amplíen las responsabilidades de las casas matrices de las empresas respecto de sus filiales y subsidiarias. En clave de género se destaca que no se han adoptado normas y/o políticas que establezcan la obligatoriedad de las empresas de contar con un protocolo para las violencias de género. Respecto de la cuestión ambiental, marca la ausencia de una norma de presupuestos mínimos que regule el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EAE) prevista en el Régimen de Presupuestos Mínimos de Preservación de los Glaciares y en el Acuerdo de Escazú. También se destaca la inexistencia de una norma que regule de forma clara y obligatoria lo relativo a la consulta previa, libre e informada para la obtención del consentimiento de los pueblos indígenas. Tampoco existe una previsión o deber a nivel general y aplicable que imponga a las empresas la obligación de realizar consultas públicas antes del inicio de proyectos que puedan tener impacto en las comunidades locales.
Un párrafo aparte merece la inexistencia de normativa específica respecto de la complicidad empresarial en crímenes de lesa humanidad y el hecho de que nunca se puso en funcionamiento la Comisión Bicameral de Identificación de las Complicidades Económicas y Financieras durante la última dictadura militar para la búsqueda de la verdad, la memoria, la justicia, la reparación y el fortalecimiento de las instituciones de la democracia creada por la Ley Nº 27.217. Como vemos, mucho de lo analizado en este informe está relacionado con los casos testigo que a lo largo de 2023 abordamos en las notas publicadas en la revista crisis.
de tucumán para el mundo
Todo lo anteriormente relatado demuestra la necesidad de ampliar los enfoques habituales y de incrementar el trabajo en lo que se refiere a la relación entre sociedad, Estado, empresas y derechos humanos. Por eso, desde Andhes aportamos a la confección de la LNB y produjimos, junto con LAPDE, dependiente de la Facultad de Ciencias Económicas de la UNT, un trabajo de investigación sobre el grado de conocimiento e implementación de los PRNU y de la conducta empresarial responsable entre los grandes actores económicos de la provincia de Tucumán. A grandes rasgos se puede decir que los resultados arrojados nos muestran un desinterés generalizado de la mayoría de las empresas, ya que tuvimos un bajo nivel de respuesta a las encuestas y en las que sí fueron proporcionadas pudimos visualizar un conocimiento e interés muy escaso.
En Tucumán, tierra particular si las hay, las empresas carecen de una normativa específica que prevenga la trata laboral, el trabajo infantil, la discriminación de género o la comisión de delitos ambientales. Será parte de futuros análisis poner foco sobre los índices de litigiosidad que tienen estas grandes empresas en estas áreas. Como adelantamos en el artículo “Un agridulce año de justicia”, publicado en crisis 59, varios empresarios están siendo juzgados por la posible comisión de delitos ambientales.
Buscar que las empresas y actores económicos funjan en su actividad una percepción sobre la conducta empresarial responsable es una actividad loable pero que necesita del fortalecimiento de las herramientas disponibles para interpelar -y obligar, en algunos casos- a no violar los derechos humanos. También requiere del estímulo estatal para recompensar a aquellas empresas que incorporen procesos de debida diligencia a sus planes de negocios y que planteen desincentivos para aquellas empresas que lleven adelante actividades que impacten negativamente sobre los derechos humanos sin tomar ninguna medida al respecto. En síntesis, desde el Estado hacen falta reglas de juego claras que premien a quienes hacen las cosas bien y castiguen a quienes las hacen mal.
A pesar de que no tenemos dudas acerca de que el ámbito al que nos adentramos resulta de una gran complejidad, no podemos soslayar que es una parte importante de los debates actuales. Como ya vimos en anteriores artículos de esta serie, los actores económicos fueron y son parte fundamental del esquema de violaciones sistemáticas de los derechos humanos. Si antes intentaron obtener beneficios mediante el uso del aparato estatal de terror durante los años setenta, hoy buscan mediante lobbies encubrir sus acciones en materia ambiental o social. La deuda sigue siendo del Estado que siempre corre desde atrás la posibilidad de generar mecanismos que garanticen que las diversas actividades no vulneren derechos.
Robustecer las áreas estatales de control a las empresas, generar un mayor conocimiento sobre las herramientas elaboradas por la comunidad internacional y alentar una mayor sensibilidad empresarial sobre la conveniencia de potenciar políticas respetuosas de los derechos humanos son desafíos necesarios si se pretende que, algún día, la frase “empresas y derechos humanos” deje de parecer una contradicción y se convierta en una realidad que empuje a nuestra sociedad al progreso y al desarrollo sustentable.
Desafortunadamente, la coyuntura política actual deja vacío un espacio que el Estado debe ocupar como instrumento generador de políticas públicas que fomenten una relación armónica entre las empresas y los derechos humanos. La sustitución del rol regulador del Estado por el del mercado, el de la solidaridad por el individualismo y la cooperación por la competencia no es el abono más fértil para promover la conducta empresarial responsable; por el contrario, quien esto escribe avizora un futuro donde las empresas van a defender su rentabilidad en un ambiente económico duro, hostil, recesivo, con “estanflación”, inhóspito para la gestación de iniciativas que pongan sobre la balanza otra cosa que no sea exclusivamente la necesidad de su propia supervivencia. No parecen buenos tiempos para los derechos humanos en general. Y tampoco parecen serlo para las empresas productivas argentinas, ya que, hasta el momento, las señales que han mandado desde el gobierno recientemente electo hacia el sector productivo no han sido precisamente alentadoras, en particular hacia el universo de las pymes, las cuales conforman más de un 90% de las empresas productivas en Argentina y son, en conjunto, la principal fuente de empleo privado del país.
Este artículo forma parte del dossier sobre empresas y derechos humanos, elaborado en el marco del proyecto Responsabilidad empresarial en América Latina, coordinado por Sebastián Lorenzo Pisarello y Rodrigo Scrocchi, con la colaboración de crisis.